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09 | 02 | 2012
Información sobre el Plan de Dinamización de Producto Turístico

          Plan-de-dinamizacion

  1. Que es un Plan de Dinamización de Producto Turístico?
  •  Es un proyecto que tiene como objetivo lanzar productos turísticos emergentes en una acción conjunta entre diferentes administraciones y agentes.
  •  Por lo tanto es una acción de carácter público que pretende favorecer el desarrollo turístico de la comarca que, a pesar de disponer de recursos y atractivos suficientes, todavía no se encuentran incorporados plenamente al proceso de desarrollo turístico.
  •  Los Planes de Dinamización de Producto Turístico (en adelante PDPT) son un instrumento de actuación sobre la oferta turística de un destino, cuyo fin último es maximizar el aprovechamiento de éste, haciendo hincapié los criterios de calidad y sostenibilidad.
  •  Los PDPT pretenden crear en el destino productos turísticos de calidad susceptibles de ser comercializados en un futuro.
  1. Se manifiesta mediante la firma de un Convenio de Colaboración, publicado en el BOE núm. 242 de martes 9 Octubre de 2007, entre
  •  el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio,
  •  la Comunidad Autónoma de Aragón,
  •  la Comarca de la Comunidad de Calatayud,
  •  la Asociación de Empresarios de la Comarca de Calatayud y la Asociación de Termas Aragonesas,

        Dicho Convenio es el texto vinculante que regula en todos los aspectos el funcionamiento del Plan.

  1. Los objetivos genéricos del Plan, de acuerdo a la cláusula primera del Convenio, son los siguientes:
  • - Aumento de la calidad de los servicios turísticos del destino.
  • - Mejora del producto turístico del medio urbano y natural de los municipios.
  • - Ampliación y mejora de los espacios de uso público.
  • - Aumento, diversificación y mejora de la oferta complementaria.
  • - Puesta en valor de recursos turísticos.
  • - Creación de nuevos productos.
  • - Sensibilización e implicación de la población y agentes locales en una cultura de la calidad.
  1. Quiénes participan en el Plan de Dinamización de Producto Turístico?

El plan es una iniciativa de la Secretaría General de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, en colaboración con la Comunidad Autónoma de Aragón y la Comarca de la Comunidad de Calatayud.

Estas entidades firman el supradicho acuerdo de colaboración, donde se recogen las aportaciones comprometidas por cada uno de estos organismos, que aportan la tercera parte de los fondos con los que cuenta el Plan.

Los agentes empresariales participan asimismo del Plan suscribiendo el convenio y participando en el desarrollo del mismo, ya que el PDPT pretende aprovechar las sinergias que se generan entre lo público y lo privado, entre las instituciones y el resto de la sociedad.

  1. Cuánto tiempo y cuánto dinero?

La duración del Plan es de tres anualidades a desarrollar en cuatro años naturales, y la inversión de 3 millones de euros, tal y como se detalla en el siguiente cuadro:

CUADRO DE PRESUPUESTOS POR ANUALIDADES

ANUALIDAD

Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Gobierno de Aragón

Comarca Comunidad de Calatayud

TOTAL  AÑO

2007-2008

354.379 €

333.333 €

312.288 €

1.000.000 €

2008-2009

487.954 €

333.333 €

343.856 €

1.165.143 €

2009-2010

157.667 €

333.334 €

343.856 €

834.857 €

TOTAL

1.000.000 €

1.000.000 €

1.000.000 €

3.000.000 €

  1. Qué acciones se pueden acometer desde el Plan?

Como inversiones públicas para proyectos de desarrollo turístico caben:

  • Acciones destinadas a la mejora de los recursos e infraestructuras turísticas.
  • Campañas de comunicación y promoción de los destinos turísticos de la Comarca
  • Organización de eventos con finalidad turística.
  • Señalización orientativa y de interpretación.
  • Formación orientada al sector turístico.
  • Publicaciones para la difusión del destino.
  • Acciones encaminadas a mejorar la imagen turística del territorio, a la comercialización de los productos y la calidad del destino turístico.
  1. Qué acciones NO se pueden acometer desde el Plan?
  • Subvencionar actividades o iniciativas privadas, ni actuar sobre propiedades que no sean de titularidad pública.
  • Realizar obras de infraestructura general como calles, saneamientos o servicios públicos.
  • Generar líneas de subvención.
  1. La Comisión de Seguimiento es el máximo órgano decisorio del Plan, está formada por representantes de cada parte firmante y tiene las siguientes atribuciones:
  •   Aprobar los proyectos en que se concreten las actuaciones a llevar a cabo.
  •  Proceder a la revisión y adecuación de las actuaciones.
  •  Programar la ejecución de los proyectos, determinar los criterios para su realización y verificar su ejecución, así como su adecuación a los fines perseguidos.
  •  Adoptar las medidas que estime más adecuadas para la mejor organización y funcionamiento del Convenio.
  •  Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del Convenio.
  •  Actuar, sin perjuicio de las competencias de la correspondiente Mesa de Contratación, como Comisión Asesora para elaborar informes al órgano de contratación de la Comarca, en las adjudicaciones de los contratos que afecten al PDPT y en la selección del gerente.
  •  Solicitar a las partes firmantes, cuando alguna circunstancia sobrevenida así lo aconseje, la ampliación del plazo de ejecución y justificación de las actuaciones.
  •  Dirigir la labor de la gerencia y autorizar y verificar sus gastos.
  •  Acordar, motivadamente, la aplicación de los remanentes que se puedan generar por la no ejecución de algunas de las actuaciones previstas o por un menor coste del previsto en las realizadas.

 En su funcionamiento, se regirá por las siguientes normas:

  •  La componen 8 miembros, dos por cada una de las partes intervinientes.
  •  Se entenderá válidamente constituida cuando estén representadas todas las Administraciones firmantes.
  •  Podrá invitar a asistir a sus reuniones a los expertos o técnicos que considere necesario, quienes tendrán voz pero no voto.
  •  El Presidente de la Comarca de la Comunidad de Calatayud, o persona en quién delegue, presidirá la Comisión de Seguimiento.
  •  Como Secretario actuará el Gerente del Plan. En caso de vacante actuará como Secretario de la Comisión el Secretario de la Comarca de la Comunidad de Calatayud.
  •  Se reunirá a iniciativa de su Presidente, cuando alguno de sus miembros lo solicite y, en todo caso, trimestralmente.
  •  Los acuerdos serán adoptados por mayoría de las partes representadas, excepto la aprobación de las actuaciones, su modificación y la concesión de prórroga del plazo de ejecución y justificación, que exigirá la unanimidad de las Administraciones; en caso de que existan varias asociaciones empresariales, el conjunto de sus representantes constituirá una parte con un único voto, que será consensuado entre ellas.

 

 
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